viernes, 18 de septiembre de 2015

Evidenciar Las Lecturas Sugeridas Y El Caso El Caso Sentencia T –565 /13



En el caso que se plantea por la sentencia T- 565/13 se se hace referencia al libre desarrollo de la personalidad de un menor que cursaba el grado noveno y que por sus inclinaciones sexuales el rector de la institución considera que esta mal su actitud y que está atentando contra el manual de convivencia del centro educativo pero hay que ver que si el menor se le aplicaba el manual de convivencia este no puede estar por encima de la carta magna de los colombianos que habla del libre desarrollo de la personalidad y que aparte de eso por querer aplicar este manual se está negando el derecho a la educación del menor que va en lo que hoy trabajamos es formar una educación inclusiva sin importar las inclinaciones sexuales ni la forma de vestir ni de pensar así que esto es algo que nos da claridad y que fue bien tutelado por honorable juez.

De acuerdo a la sentencia T-565/13 tomada como ejemplo para esta actividad, se debería decir que a la luz de la Constitución Política Nacional, que es nuestra mayor Norma en Colombia Todos los ciudadanos tienen derecho a vivir en comunidad, tienen derecho a igualdad de condiciones y a disfrutar de las mismas oportunidades que los demás.

Entonces en este caso el estado está en la responsabilidad de adoptar las medidas pertinentes, necesarias y efectivas para que los derechos citados se cumplan.

Las instituciones educativas como parte integral de este estado social y de derecho no solo deben velar para que todos los integrantes de su comunidad "estudiantes, docentes y directivos" disfruten de estos derechos, sino también debe velar por que sean promulgados y respetados.

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